LA INVESTIGACIÓN EN ENERGÍAS RENOVABLES Y EL DECRETO LEY 1002/2008

La investigación en energías renovables es una actividad imperativa para garantizar la independencia e invulnerabilidad energética del Perú. Lamentablemente, no se perciben acciones ni intenciones dirigidas a establecer una política nacional de investigación en energías renovables.

Mecanismos de investigación en energías renovables

El Decreto Ley 1002 del año 2008 en su artículo 10 “Investigación sobre energías renovables” establece que el CONCYTEC en coordinación con el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales deberá implementar los mecanismos y acciones correspondientes para el desarrollo en proyectos de investigación sobre energías renovables, promoviendo la participación de universidades, instituciones técnicas y organizaciones de desarrollo especializadas en la materia.

A día hoy no se vislumbran mecanismos ni acciones para la realización de proyectos de investigación en energías renovables por parte de los diversos organismos estatales implicados en este proceso, es decir, no se prevé el cumplimiento de lo establecido en el Decreto Ley 1002/2008, que establece las condiciones de la promoción de la inversión para la generación de electricidad con el uso de energías renovables.

En este artículo se pretende plantear algunas ideas para promover la investigación en energías renovables en el Perú. En diferentes artículos se ha presentado y justificado la necesidad de iniciar cuanto antes el proceso de transición del sistema energético nacional hacia un sistema energético sostenible basado en las energías renovables y la eficiencia energética.

Planificación del proceso de transición energética

Parece lógico que el objetivo de cualquier Planificación Energética es garantizar la continuidad del suministro energético minimizando la dependencia y vulnerabilidad energética del país con criterios de sostenibilidad y eficiencia.

Un análisis superficial del modelo energético actual indica que el Perú dispone de un sistema energético dependiente de recursos fósiles externos e internos, con un elevado índice de vulnerabilidad energética y con sistemas de transformación energética y eléctrica bastante ineficientes y con un elevado impacto ambiental.

Un modelo diametralmente opuesto a un sistema energético basado en energías renovables y en eficiencia energética como cultura a nivel nacional que conlleva de forma inherente un consumo inteligente y una reducción del impacto medioambiental.

Una vez establecido el objetivo es necesario dotarlo de los mecanismos necesarios para alcanzar las metas líneas arriba planteadas.

Entre los mecanismos se podría incluir:

  • Un Plan Nacional de Transición Energética con un horizonte definido y objetivos medibles y alcanzables. El Plan de Transición Energética deberá articular a las diferentes regiones del país, evaluando los potenciales energéticos propios y sus particularidades de consumo.
  • El Plan de Transición Energética deberá basarse en un Plan de Integración de Energías Renovables que centre sus actividades en el sector transporte y en el sector eléctrico y en un Plan de Ahorro y Eficiencia Energética que abarque sectores tan importantes como la construcción, la industria y el transporte.
  • Un Centro Nacional de Investigación en Energías Renovables y Eficiencia Energética que involucre a organismos estatales, empresas privadas y universidades, dotado de la infraestructura y el presupuesto para la investigación y el desarrollo en líneas prioritarias.

Centro Nacional de Investigación en Energías Renovables

Las líneas prioritarias de investigación en energías renovables y eficiencia energética son:

  • La integración de energías renovables en el sector eléctrico
  • Los edificios con cero emisiones
  • Los biocombustibles
  • Las redes distribuidas inteligentes
  • Los sistemas de transporte eficiente y movilidad sostenible
  • Los sistemas de almacenamiento de energía
  • Los sistemas de captura y almacenamiento de CO2

Lo planteado no es nada novedoso y responde a las inquietudes que presentan países vecinos e incluso en nuestra legislación vigente.

Así, en el Decreto Ley 1002/2008, en su artículo 11 “Elaboración del Plan Nacional de Energías Renovables” se establece la elaboración de un Plan Nacional de Energías Renovables en el periodo máximo de un año, que estará en concordancia con los Planes Regionales de Energías Renovables.

Lo novedoso es que se debería articular dentro de una Estrategia Nacional de Transición Energética hacia un modelo energético sostenible, renovable y eficiente.

Han pasado más de tres años de la aprobación del Decreto Ley 1002/2008 y es imposible encontrar en ningún Ministerio ningún Plan Nacional de Energías Renovables y mucho menos Planes Regionales de Energías Renovables.

La promoción y financiación de los proyectos de energías renovables también es previsto en el Decreto Ley 1002/2008, concretamente en el artículo 12 “Promoción de Investigación y Desarrollo de Proyectos de Generación Eléctrica con RER”, en el que se indica que se utilizará fondos financieros que provendrán de recursos directamente recaudados, de fondos provenientes de endeudamiento externo y de los aportes, financiamientos directos y recursos provenientes de la cooperación internacional.

Sería conveniente saber qué organismo se dedicará a coordinar y encausar los fondos de financiación para investigación y desarrollo de proyectos de energías renovables en el Perú.

Hay mucho que hacer en energías renovables y en eficiencia energética en el Perú para transformar el modelo energético actual pero algún día habrá que empezar. Ya lo dice un proverbio chino un largo camino empieza siempre con un primer paso.

Madrid, a 18 de Enero del año 2012